proceso de constitucion de sociedades

¿QUIÉRES CONSTITUIR UNA EMPRESA?

A la hora de constituir una empresa, lo primero que necesitas precisar es cuál va a ser la Razón Social y el Nombre Comercial, es decir, el nombre legal que la va a identificar y le va a permitir ser sujeto de derecho, así como también el signo distintivo que va a utilizar en el ámbito comercial y por el cual va a ser conocida entre sus clientes.

En segundo lugar, además de tener una idea clara de la actividad económica a la cual se va a dedicar tu empresa, debes determinar cuál es el tipo de sociedad comercial que requieres para tu negocio, en este sentido entre las principales y más comunes se encuentran: la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), la Sociedad Anónima Simplificada (S.A.S.), la Sociedad Anónima (S.A.) y la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) de único dueño. Todo lo mencionado anteriormente es indispensable para la elaboración de los Estatutos Sociales que van a regir tu sociedad.

Una vez que hayas establecido el tipo de Sociedad Comercial, comienzan los procedimientos ante las distintas instituciones para lograr el registro de la empresa, dependiendo de tu escogencia los procedimientos para la constitución varían en mayor o en menor grado, ahora bien en líneas generales y tomando en cuenta que para la E.I.R.L. no aplican las mismas disposiciones, el primer paso es registrar el nombre comercial ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) y luego de obtener ese registro se debe proceder a pagar el impuesto de constitución de la empresa, el cual asciende al 1% del capital conforme a la Ley 173-07.

Pagado el impuesto mencionado, se deberá registrar la sociedad ante la Cámara de Comercio y una vez se obtenga la Certificación de Registro Mercantil, se debe solicitar ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el Registro Nacional de Contribuyente (RNC). Hasta este último paso es el procedimiento básico de constitución de sociedades, más sin embargo existen otros procedimientos adicionales que deberán cumplirse relativos al registro de los empleados de la empresa, si los tuviere, ante el Ministerio del Trabajo y ante la Tesorería de la Seguridad Social, así como cualquier otra solicitud de certificaciones, licencias o permisos necesarios para operar, dependiendo de la actividad económica de la empresa.

Helena Istúriz Rivero

Abogada

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